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3.2.- Caída de tensión en una línea.
Cualquier línea que alimenta a un receptor, experimenta a lo largo de su longitud una caída de tensión. Si colocáramos dos voltímetros, uno en el punto de arranque de la línea y otro en las bornas de llegada al receptor, podríamos medir el valor de dicha caída, como la diferencia entre las lecturas de los dos voltímetros.
La Guía Técnica de Reglamento Electrotécnico marca las siguientes caídas de tensión para las instalaciones de enlace e instalaciones interiores.
La sección de los conductores a utilizar se determinará de forma que la caída de tensión entre el origen de la instalación interior y cualquier punto de utilización sea:
- menor del 3% de la tensión nominal para cualquier circuito interior de viviendas
- menor del 3% para alumbrado y menor del 5% para otros usos cuando nos encontremos en instalaciones que no sean viviendas.
Las caídas de tensión, en las líneas interiores, podrán compensarse con la caída de tensión de la Derivación Individual. Así pues, por ejemplo, la caída contada desde la centralización de contadores, para edificios de viviendas, deberá ser como máximo del 4 %. Para el caso particular de un vivienda unifamiliar en la que, recordemos no existe la Línea General de Alimentación, la caída máxima de tensión desde la CPM hasta el punto más alejado deberá ser como máximo del 4,5 %.
4.- Instalaciones interiores en viviendas.
La electrificación de instalaciones industriales corresponde a unas necesidades concretas, es decir, se dimensiona de acuerdo al uso y a los receptores de la misma.
Sin embargo, en las viviendas no siempre se conoce el usuario final, sus gustos y el número de receptores que va a utilizar. La instalación eléctrica de una vivienda debe responder a las demandas de los posibles ocupantes, sin necesidad de ampliaciones o modificaciones. Esta es la razón de que el REBT disponga de especificaciones muy concretas para el caso de viviendas.
Las instalaciones interiores de vivienda están definidas en el siguiente marco normativo:
- Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (articulado)
- ITC-BT 17. Dispositivos generales de mando y protección. Interruptor de control de potencia
- ITC-BT 19. Instalaciones interiores o receptoras. Prescripciones generales
- ITC-BT 20. Instalaciones interiores o receptoras. Sistemas de instalación
- ITC-BT 21. Instalaciones interiores o receptoras. Tubos y canales protectoras
- ITC-BT 22. Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobreintensidades
- ITC-BT 23. Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobretensiones
- ITC-BT 24. Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra contactos directos e indirectos
- ITC-BT 25. Instalaciones interiores en viviendas. Prescripciones generales y número de circuitos
- ITC-BT 26. Instalaciones interiores en viviendas. Prescripciones generales de instalación
- Norma UNE 20.460, en los diferentes apartados.
4.1.- Grado de electrificación.
Para obtener la carga de que dispone una instalación eléctrica, es necesario conocer la potencia, en vatios, de todos los receptores que se van ha instalar y conectar al mismo tiempo. Al sumar estas potencias obtenemos la carga de la instalación.
Sin embargo, en una vivienda, esto no se puede conocer a priori, por lo que el reglamento electrotécnico de baja tensión (REBT) establece el grado de electrificación, que depende del grado de utilización que se desee alcanzar. Se establecen dos grados: electrificación básica y electrificación elevada.
- Electrificación básica:
Es el sistema mínimo e indispensable para cubrir las posibles necesidades de utilización primarias, en viviendas de edificios de nueva construcción.
Su objeto es permitir la utilización de los aparatos electrodomésticos de uso básico sin necesidad de obras posteriores de adecuación.
Una vivienda con grado de electrificación básico, dispondrá como mínimo de 5 circuitos independientes, y la potencia prevista no será inferior a 5750 W a 230 V, independientemente de la potencia a contratar por el usuario.
- Electrificación elevada:
Este sistema de electrificación se utilizará en las viviendas de edificios de nueva construcción con una previsión de potencia elevada, es decir, cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
- Superficie útil de la vivienda superior a 160 m2.
- Si está prevista la instalación de aire acondicionado
- Si está prevista la instalación de calefacción eléctrica.
- Si está prevista la instalación de sistemas de automatización.
- Si está prevista la instalación de una secadora
- Si el número de puntos de utilización de alumbrado es superior a 30.
- Si el número de puntos de utilización de tomas de corriente de uso general es superior a 20.
- Si el número de puntos de utilización de tomas de corriente de los cuartos de baño y auxiliares de cocina es superior a 6.
- Otras condiciones especificadas en la ITC-BT 25.
Una vivienda con grado de electrificación elevado, dispondrá como mínimo de 6 circuitos independientes y la potencia prevista no será inferior a 9200W.
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