Instaladores De Puntos De Recarga680. 546. 431SMEDITERRANEO ®  | Legalización Puntos de Recarga para Vehículos Eléctricos Especialistas en la Instalación de Puntos de Recarga para Vehículos Eléctricos

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Instalación de Punto de Recarga en Madrid para tu vehículo eléctrico


En SMEDITERRANEO no sólo te asesoramos para que elijas tu mejor punto de recarga, el que mejor se adapte a tu situación particular, sino que tambien instalamos tu punto de recarga. Nuestra red de instaladores colaboradores, técnicos habilitados con experiencia en la instalación de puntos de recarga en Madrid, se ocuparán de realizar la mejor instalación de punto de recarga para tu vehículo eléctrico.

SOLICITARPRESUPUESTO DE INSTALACION DE PUNTO DE RECARGA EN MADRID

El proceso de instalación de nuestros puntos de recarga es el siguiente:

  1. Solicita presupuesto de instalación (o de punto de recarga + instalación)
  2. Enviamos a nuestros técnicos a evaluar el lugar donde deseas instalar el
  3. punto de recarga
  4. Tras la visita de nuestro instalador de puntos de recarga, te enviamos un presupuesto adaptado a tus necesidades.
  5. Si está todo correcto y a tu gusto, te mandamos el punto de recarga y nuestro tecnico realizará la instalacion del punto de recarga, comprobará que funciona correctamente y te hará entrega de la instalacion de punto de recarga completamente revisada y funcional.

Todas nuestras instalaciones de punto de recarga se realizan conforme a la normativa vigente, que en España se regulan específicamente mediante el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, y la Instrucción Técnica Complementaria incluida recientemente (finales de 2014) en el mismo ITC BT 52, "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos".

Normativa Instalación Puntos de Recarga

A finales de 2014 se publicó en el BOE el Real Decreto 1053/2014, que aprobaba la nueva Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos», del Reglamento electrotécnico para baja tensión (REBT, aprobado por el RD 842/2002) y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo, con el objetivo de que instalar punto de recarga no fuera una laguna legal.

En el Real Decreto, además de añadir esta nueva instrucción técnica complementaria, también aprobaba modificaciones en las ITC BT-02, BT-04, BT-05, BT-10, BT-16 y BT-25. Esta nuevo Real Decreto entró en vigor el 31 de junio de 2015, permitiendo a los puntos de recarga de vehículos eléctricos existentes disponer de tres años para adaptarse a la nueva normativa.

El nuevo RD establece la obligatoriedad de elaboración de proyecto ingenieril para todas las instalaciones de recarga de vehículos eléctricos que se lleven a cabo en edificios de viviendas cuando las nuevas instalaciones superen los 50KW de potencia en interior o los 10KW de potencia en exterior.

Los aspectos más destacados que define la nueva Instruccion Tecnica Complementaria son los siguientes:

  • Esquemas de instalación para la recarga del vehículo eléctrico (tanto en viviendas unifamiliares como en aparcamientos colectivos).
  • Dotacion mínima de la estructura para la recarga de vehículos eléctricos en edificios y estacionamientos de nueva construcción, tambien en vías públicas.
  • Requisitos generales de instalación de puntos de recarga (canalizaciones, alimentación, punto de conexión, conexión del neutro, contadores secundarios de medida, etc.).
  • Previsión de cargas en función de los distintos esquemas de instalacion de punto de recarga.
  • Elementos de Protección y Seguridad Eléctrica, tanto para el vehículo eléctrico como para la propia instalación. Se especifica que tipo de interruptor diferencial y automático (para protección ante sobrecorrientes y sobretensiones) se deben emplear en la instalacion del punto de recarga.

En el nuevo RD también aparecen novedades importantes respecto a los sistemas de medida que se empleen, ya que se habilita a los titulares de aparcamientos privados para gestionar su propio suministro eléctrico de recarga, y así poder repercutir internamente los gastos de las recargas. Este último punto solo podía realizarse hasta ahora a través de un gestor de carga, que son sociedades mercantiles habilitadas para la reventa de electricidad para servicios de recarga eléctrica, siguiendo la Ley 24/2013 del sector eléctrico. Ahora solo es obligatoria la mediación de gestores de recarga en aparcamientos públicos donde se quiera facturar la energía eléctrica a los clientes.

Esquemas de instalación de puntos de recarga para vehículo eléctrico

1. Instalación colectiva: Esquema colectivo o troncal con contador principal en el origen de la instalación

Este esquema aplica a Gestores de Carga o comunidades que quieran facturar la energía de la recarga. En este esquema figura un contador principal, y aguas abajo encontramos contadores secundarios. Dispone de tres variantes. Una Centralización de contadores conjunta (esquema 1A correspondiente a la imagen de abajo), centralización de contadores separada (esquema 1B, destinado a aquellos edificios en los que no hay espacio suficiente en la centralización de contadores inicial), y centralización de contadores solo para punto de recarga (esquema 1C, pensado para parkings públicos).


2. Esquema individual con un contador común para la vivienda y la estación de recarga

En este caso, el más común y ventajoso para el usuario de una plaza en un aparcamiento colectivo de un edificio, la derivación eléctrica hasta el punto de recarga se saca desde el mismo cuadro de contadores de la vivienda.


3. Esquema individual con un contador individual para cada estación de recarga

Este esquema plantea instalar un nuevo contador por punto de recarga, teniendo en cuenta ademas dos variaciones, en la misma centralización de contadores (correspondiente a la imagen de abajo), o en diferente centralización de contadores si no hubiera sitio. Este esquema es el mas costoso para el usuario, habría que tener dados de alta dos contadores de compañía eléctrica con los correspondientes gastos fijos de potencia, alquiler de contador, etc.


4. Esquema con circuitos adicionales para la recarga del vehículo eléctrico

Destinado a viviendas unifamiliares, empresas, o estacionamientos privados.


El Real Decreto 1053/2014, por el que se aprueba la ITC BT 52 se puede descargar aquí.

Conclusiones sobre instalación de puntos de recarga y la normativa actual

Visto lo anterior, en la medida de lo posible se utilizarán los esquemas 2 (en edificios con garajes colectivos) y 4 (en viviendas unifamiliares y empresas), ya que son los esquemas más ventajosos para el usuario en cada uno de los casos.

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Precio instalación punto de recarga en Madrid

El precio de una instalación de un punto de recarga en Madrid y provincia puede variar mucho en función de los siguientes factores:

  • Lugar de instalación del punto de recarga (vivienda unifamiliar, plaza de garaje colectivo en edificio, parking publico en exterior, etc.)
  • Distancia desde la derivación hasta el emplazamiento del punto de recarga: no es lo mismo emplear unos pocos metros desde el cuadro general, como puede ocurrir en una vivienda unifamiliar, a tirar varias decenas de metros, como suele ocurrir en aparcamientos colectivos comunitarios.
  • Potencia del punto de recarga: este factor es muy importante, ya que el coste del cableado y las protecciones varía enormemente de un punto de recarga de 3,7kW a uno de 22kW.
  • Acceso al origen de la derivación: en ocasiones puede ser imposible acceder a una centralización de contadores, o ésta puede no albergar espacio suficiente para realizar la derivación. En esos casos es necesario disponer de cuadros o cajas auxiliares donde realizar la derivación.
  • Existencia previa de conducciones: siempre que se puedan aprovechar conducciones existentes (bandejas, tubos, bajantes, etc.) la instalación podrá verse abaratada. En caso, contrario, hay que disponer de conducciones nuevas para el cableado.
  • Opciones extra, como contadores de energía, cuadros metálicos con cierre por llave, instalación de contactor con relé programador para programar las cargas, protecciones de mayor calidad... todos estos extras pueden ser solicitados por el cliente, y esto se verá reflejado con su correspondiente incremento de coste en el presupuesto final.

En cualquier caso, y por proporcionar de un orden de magnitud, se puede estimar que el coste de una instalación de un punto de recarga a manos de un profesional cualificado oscilará en un rango de entre 450€ (para los casos más sencillos en viviendas unifamiliares) y 1000€ (para emplazamientos complicados en aparcamientos colectivos en edificios), impuestos a parte.

Qué incluye la instalación de un punto de recarga

La instalación de un punto de recarga en Madrid que no exceda de 50kW en interior, o de 10kW en exterior, realizada por un instalador electricista autorizado, suele incluir:

  • Una protección automática, una protección diferencial adecuada a la potencia y características de la linea y una protección contra sobretensiones permanentes y transitorias
  • Los metros de cableado necesarios desde la derivación hasta el punto de recarga
  • Los metros de conducciones necesarios para proteger y guiar la línea desde la derivación hasta el punto de recarga
  • Cuadros de proteccion y cajas de registro
  • Mano de obra para la correcta instalación del punto de recarga
  • Pruebas finales y puesta en marcha


Qué no incluye la instalación de un punto de recarga en Madrid

En ocasiones al presupuestar una instalación de un punto de recarga de vehículo eléctrico no se dispone de toda la información, y una vez ejecutando la instalación del punto de recarga aparecen algunos problemas que no se han tenido en cuenta, y que evidentemente no se incluyen en el coste de una instalación estandar. Estas situaciones pueden ser las siguientes:

  • Potencia insuficiente en el punto de suministro. El cliente deberá proporcionar la información del punto de suministro para comprobar que la potencia solicitada en el punto de recarga es inferior a la de su contrato eléctrico. En caso de que sea insuficiente, el cliente deberá solicitar a su distribuidora eléctrica un aumento de potencia.
  • Boletín de instalación. Si la potencia necesaria para el punto de recarga solicitado es superior a la indicada en el boletín de la instalación, deberá adecuarse la instalación a una potencia superior antes de realizar la instalación del punto de recarga. Estas actuaciones se presupuestarán y se ejecutarán a parte, bien por parte de nuestros técnicos o por parte del cliente.
  • Obra civil. Si fuera necesario realizar obra civil para la instalación del punto de recarga, ésta correrá a cargo del cliente.

Para cualquier duda adicional sobre instalación de puntos de recarga, contacte con nosotros.

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